México, D.F. a 7 de Diciembre de 2007
Como se ha dado a conocer por algunos medios de comunicación, el juez décimo cuarto de distrito en materia administrativa, notificó que no admitiría la demanda de juicio de amparo interpuesta por el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), por considerarla improcedente.
Este escenario era previsible si consideramos la tendencia que existe por parte de los jueces federales de primera instancia, de abstenerse de conocer formalmente demandas de esta complejidad, dejando que sean instancias de mayor nivel las que se pronuncien al respecto, por lo que presumimos terminará por resolverse en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Se trata simplemente del primer capítulo de una larga batalla, por lo que el CCE continuará impulsando, a través de los cauces institucionales, su derecho a defender no sólo la libertad de expresión y el derecho a la información, sino el régimen de garantías individuales consagrado en la Constitución.
Al parecer no se tomó en cuenta que en un régimen constitucional la protección de las garantías individuales no tiene limitación alguna, por lo que el juicio de amparo sí procede. Cosa distinta sucede con las controversias constitucionales que se dan entre los Poderes de la Unión, las que efectivamente no proceden en materia electoral.
Confiamos en que el recurso de revisión que presentaremos dentro del plazo legal establecido, será estudiado a fondo, profundizando en el respeto irrestricto de las garantías individuales que como mexicanos tenemos, más aún cuando éstas puedan ser afectadas por actos de autoridad del Congreso de la Unión.